Un exagente metropolitano de tránsito fue sentenciado a tres años de prisión por el delito de concusión, luego de que la Fiscalía demostrara que exigió dinero a un ciudadano para no aplicar una sanción de tránsito en Quito.
El condenado era agente metropolitano de tránsito cuando ocurrieron los hechos. Según la Fiscalía, el caso se registró el 28 de septiembre de 2022, en las calles Ambato e Imbabura, en el centro de la capital.
Circunstancias del delito
De acuerdo con la investigación, el entonces funcionario habría pedido 150 dólares a la víctima bajo la amenaza de que su vehículo sería retenido y de que incluso podría ser detenido por el supuesto mal estado de las llantas. En buen quiteño: el susto venía con tarifa incluida.
El dinero, según Fiscalía, fue transferido a la cuenta bancaria de un familiar del procesado. Para la acusación, aquello constituyó un beneficio económico indebido obtenido a partir del ejercicio de sus funciones públicas.

La información fue emitida por la Fiscalía General del Estado.
El caso arrancó por una denuncia presentada por la víctima ante la Comisión Metropolitana de Lucha contra la Corrupción, conocida como Quito Honesto. A partir de esa alerta, Fiscalía desarrolló la investigación y recopiló versiones, informes contables sobre las transferencias, certificaciones laborales, reconocimiento del lugar de los hechos y otros elementos probatorios.
Durante la audiencia de juicio, el Tribunal acogió la tesis de Fiscalía y declaró la responsabilidad penal del exagente. Además de la pena de tres años de cárcel, se le impuso una multa equivalente a diez salarios básicos unificados (4.820 dólares).
Medidas de reparación
La sentencia también incluye medidas de reparación integral. El sentenciado deberá ofrecer disculpas públicas a la Agencia Metropolitana de Tránsito y al cuerpo de Agentes Civiles de Tránsito, mediante un acto público. Además, se ordenó colocar una placa conmemorativa en un lugar visible de la institución, con un mensaje sobre el daño que causa la corrupción a la administración pública.
El Tribunal también dispuso el pago de 150 dólares a favor de Lourdes Lozano, quien efectuó la transferencia del dinero exigido. Además, se ordenó notificar al Ministerio del Trabajo para que se registre la inhabilidad del sentenciado para ejercer cargos públicos.
La concusión está sancionada en el artículo 281 del Código Orgánico Integral Penal. Este delito se configura cuando un servidor público, abusando de su cargo, exige u ordena pagos o beneficios económicos indebidos.
