Según el Código Disciplinario de la FIFA, la Federación Mexicana de Fútbol sería castigada por la mala conducta de los hinchas durante el partido contra Ecuador, el pasado 30 de junio.
¿La razón? Grito discriminatorio en contra del arquero de Ecuador, Hernán Galíndez. «¡Eeh, p…o!», era el grito que salía desde la barra cuando el golero ecuatoriano realizaba el saque de meta.
Este tipo de actitudes ya fueron sancionadas por FIFA en el pasado. Inclusive, a México le obligó a jugar un partido amistoso contra Ghana con aforo reducido del estadio, una multa de USD 170 mil y la advertencia de que en el futuro el castigo será más grande.
La serenata
Un día antes del partido por los 16avos de final, los hinchas mexicanos fueron al hotel de Ecuador para no dejarles dormir. Eso también podría sancionarse, pero necesita un informe más ampliado.
En el código de disciplina de la FIFA (numerales 15 y 17) se establece que el país anfitrión es responsable de la seguridad y normal desarrollo de todo el protocolo.
En este caso, la serenata mexicana no entraría en lo sancionable. Eso sí, hay un pedido de que se controle mejor a los fans para que no sigan fastidiando a los demás rivales de México. Por ahora, Inglaterra.
Las supuestas amenazas a los jugadores de Ecuador (ya lo desmintieron los mismos futbolistas) solo es un rumor que circula en redes sociales. No existe una denuncia formal, ni un expediente abierto.
¿Qué dice el Código de Disciplina?
El artículo 15 del Código de Disciplina trata sobre «discriminación y agresiones racistas”. «Toda persona que atente contra la dignidad o la integridad de un país, una persona o un colectivo de personas empleando palabras o acciones despectivas, discriminatorias o vejatorias por motivos de raza, color de piel, origen étnico, nacional o social, género, discapacidad, orientación sexual, lengua, religión, posicionamiento político o de cualquier otra índole, poder adquisitivo, lugar de nacimiento o por cualquier otro estatus o razón será sancionada con una suspensión que durará al menos diez partidos o un periodo determinado, o con cualquier otra medida disciplinaria adecuada”.
Las sanciones descritas en el código son: «Cuando se trate de la primera infracción, la disputa de un partido con un número limitado de espectadores y una multa de al menos USD 20.000 a no ser que esto acarree consecuencias económicas desproporcionadas a dicha federación miembro o club, en cuyo caso la multa se podrá reducir a un mínimo de USD 1000, de manera excepcional. Como excepción al artículo 6, apartado 4 del presente código, se podrá imponer una multa de una cuantía máxima de USD 5 millones en caso de una agresión racista contra un jugador, miembro Infracciones II. 19 del equipo arbitral, entrenador, integrante del cuero técnico u otra persona que desempeñe un cargo oficial en un partido».
México, en este caso, ya fue sancionado en el Mundial 2018 por estos gritos y también tras un amistoso contra Ecuador. Por ello, es considerado como reincidente. En ese caso: «cuando se trate de personas reincidentes o de incidentes repetidos, o si las circunstancias del caso lo requieren, medidas disciplinarias como la implementación de un plan de prevención, una multa, la deducción de puntos, la disputa de uno o más partidos a puerta cerrada, la prohibición de jugar en un estadio determinado, una derrota por retirada o renuncia, la exclusión de una competición o el descenso de categoría”.
¿Cuál es el proceso de sanción?
El proceso para sancionar inicia con la detección del posible incumplimiento. El incidente puede ser reportado por árbitro, comisario del partido, delegado de FIFA, oficiales de integridad o pruebas de video. También puede originarse por denuncias relacionadas con alineación indebida, discriminación, violencia, conducta de aficionados, dopaje o incumplimientos administrativos. También se puede iniciar la investigación de oficio.
Apertura del expediente
La Comisión Disciplinaria de la FIFA analiza si existen elementos suficientes para iniciar un procedimiento.
La apertura del expediente no implica que la selección sea culpable; simplemente comienza la investigación.
Notificación a la federación
La asociación nacional recibe una notificación oficial con los hechos investigados.
Se le concede un plazo para presentar pruebas, documentos, videos o alegaciones en su defensa.
Análisis de las pruebas
La Comisión revisa: informes arbitrales; imágenes de televisión; declaraciones de oficiales; pruebas aportadas por la federación; normativa aplicable.
Decisión
Si considera que hubo infracción, dicta una resolución con la sanción correspondiente. La FIFA comunica oficialmente la decisión a la federación implicada y, en algunos casos, la publica en su página web.
Apelación
La federación puede recurrir ante la Comisión de Apelación de la FIFA dentro de los plazos establecidos.
Tras agotarse la vía interna de la FIFA, aún puede acudir al Tribunal de Arbitraje Deportivo, si el reglamento lo permite.
Reclamo formal
La Federación Ecuatoriana de Fútbol informó, este viernes 3 de julio, que ya presentó el reclamo formal a la FIFA «solicitando una investigación pormenorizada de los hechos ocurridos antes y durante el partido – incluido todos aquellos que pueden haber comprometido temas de seguridad para nuestra hinchada y jugadores-«.
