
Un Tribunal de la Sala Especializada de lo Penal, Penal Militar, Penal Policial y Tránsito de la Corte Nacional de Pichincha determinó que Nubia Vera, jueza de la Unidad Judicial de Quito, incurrió «en una infracción gravísima de manifiesta negligencia» al conceder irregularmente una medida cautelar relacionada a la adjudicación de un contrato de una empresa privada con una entidad pública.
Vera fue la jueza que tramitó una acción de protección planteada por Verónica Abad, luego de que esta fuese suspendida por el Ministerio de Trabajo por abandono injustificado de cargo. La magistrada aceptó el recurso, suspendió el sumario administrativo y ordenó a la cartera de Estado que presente disculpas públicas.
Este viernes 14 de mayo de 2025, un Tribunal dio a conocer una resolución que podría desembocar en la destitución de la jueza, tras una denuncia presentada por el abogado Brayan Andrade, procurador de la Compañía COMWARE.
Según el expediente, la jueza admitió a trámite una acción de protección de la compañía ROMSEGROUP contra el Servicio de Contratación Pública (SERCOP) «con la única finalidad de entorpecer y demorar la ejecución de un contrato público, suscrito entre la mencionada entidad pública» y la empresa COMWARE, para la adquisición, implementación y puesta en marcha de un equipo de almacenamiento tipo NAS (dispositivo para almacenar y compartir archivos en una red).
El Tribunal señaló que Vera dio trámite a la medida constitucional «sin apegarse al término previsto en el artículo 13 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional (LOGJCC)», referente a la calificación de demanda por garantía, por lo que constituyó un acto de negligencia.
Además los jueces señalaron que el proceso no ha logrado concluirse después de más de un año, con ocho audiencias fallidas, y que el mantenimiento de la medida cautelar afectó el proceso de compra entre Sercop y COMWARE, para bienes que son considerados estratégicos para la contratación pública.
Por ello, el Tribunal resolvió que Vera «incurrió en la infracción gravísima de MANIFIESTA NEGLIGENCIA, contenida en el artículo 109 numeral 7 del Código Orgánico de la Función Judicial» y determinó que el proceso será remitido a la Dirección Provincial del Consejo de la Judicatura de Pichincha, para los fines legales correspondientes.
Las infracciones graves de manifiesta negligencia incurren en una posible destitución inmediata del cargo, una vez que la resolución sea conocida por el Consejo de la Judicatura.