El presidente Daniel Noboa suscribió la tarde de este martes 15 de septiembre de 2026 el Decreto Ejecutivo 498, formalizando la declaratoria de estado de excepción en ocho provincias y tres cantones del país. La medida busca intensificar los operativos de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional contra el crimen organizado y los grupos declarados como terroristas.
El decreto establece un periodo de vigencia de 60 días para la medida de excepción e incluye el toque de queda nocturno en cuatro provincias de la Costa ecuatoriana a partir del 17 de septiembre.
Cobertura geográfica del Decreto Ejecutivo 498
La declaratoria focaliza las intervenciones militares y policiales en los territorios con mayor índice de siniestralidad delictiva:
- Provincias en estado de excepción: Guayas, Pichincha, Manabí, Los Ríos, El Oro, Esmeraldas, Santa Elena y Santo Domingo de los Tsáchilas.
- Cantones adicionales: Camilo Ponce Enríquez (Azuay), Las Naves (Bolívar) y La Maná (Cotopaxi).
- Derechos suspendidos (60 días): Inviolabilidad de domicilio e inviolabilidad de correspondencia.
Toque de queda: Horarios, fechas y excepciones
La restricción a la libertad de tránsito se aplicará de forma estricta en cuatro provincias costeras bajo los siguientes parámetros:
- Provincias con toque de queda: Guayas, Manabí, Los Ríos y El Oro.
- Vigencia del toque de queda: Del jueves 17 al miércoles 30 de septiembre de 2026.
- Horario de restricción: Desde las 00:00 hasta las 05:00 de la madrugada (diariamente).
- Excepciones de movilidad: Servicios de salud de la Red Pública y Privada, fuerzas de seguridad (Policía y FF.AA.), entidades complementarias de gestión de riesgos y emergencias, y administradores de justicia para flagrancia.
El decreto faculta a las Fuerzas Armadas a desplegarse en coordinación con la Policía Nacional para restablecer el orden público y neutralizar actividades delictivas. Asimismo, el primer mandatario dispuso la requisición temporal de bienes y servicios lícitos que resulten indispensables para garantizar la continuidad de las operaciones de seguridad en el territorio nacional.
La ejecución del decreto quedó a cargo de los ministerios de Defensa e Interior, las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional.
