
El Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (SENAE) emitió un comunicado oficial para aclarar que el llenado del Formulario de Registro Aduanero (FRA) será obligatorio únicamente para pasajeros o tripulantes que ingresen o salgan del país con bienes sujetos a declaración, es decir, aquellos cuyo valor supere los 10.000 dólares estadounidenses o su equivalente en otras monedas.
Entre los bienes que deben ser declarados figuran dinero en efectivo, instrumentos negociables al portador, metales y piedras preciosas, de acuerdo con el marco legal vigente.
La medida se adopta en cumplimiento del artículo 84 de la Ley de Prevención, Detección y Erradicación del Lavado de Activos y del Financiamiento de Delitos, y responde a inquietudes ciudadanas respecto a posibles cambios en los requisitos aduaneros para viajeros internacionales.
Desde el 29 de julio, la declaración podrá realizarse en línea, y de forma excepcional, también se aceptará en formato físico. El formulario estará disponible en el sitio web oficial del SENAE: www.aduana.gob.ec.
Con este recordatorio, la institución busca reforzar la transparencia y el cumplimiento normativo sin generar obstáculos innecesarios a los viajeros. El llamado es a revisar las disposiciones vigentes antes de ingresar o salir del país para evitar sanciones o demoras.