Continúan las investigaciones al call center por presuntas extorsiones

Continúan las investigaciones al call center por presuntas extorsiones

Fiscalía sostuvo que dentro de la empresa existía una estructura encargada de realizar llamadas, controlar cobros y presionar a quienes no entregaban el dinero. Las defensas respondieron que se estaba tratando como delictiva la organización administrativa de una compañía.

“El cobrar no es un delito”

Uno de los abogados afirmó que la empresa poseía RUC y tenía una actividad legal de cobranza. También señaló que su representada recibía un sueldo por su trabajo y que no había sido encontrada amenazando a ninguna persona.

Otro defensor expresó que “el cobrar no es un delito” y sostuvo que ejercer la gerencia era únicamente una función administrativa.

Los abogados también cuestionaron que Fiscalía no hubiera especificado inicialmente las acciones individuales de cada aprehendido. Alegaron que no se había demostrado qué llamada, amenaza o cobro realizó cada uno.

La defensa del gerente y el traductor indicó que no existían elementos que demostraran que sus representados se hubieran enriquecido mediante las operaciones investigadas.

Sin una víctima identificada en el acta

Durante la audiencia, las defensas afirmaron que no existían denunciantes en Ecuador y que las posibles personas afectadas estarían en otros países.

Fiscalía sostuvo que dos auditoras asignaban a los operadores el país al que debían llamar. Las autoridades también informaron que parte de las comunicaciones habría estado dirigida a personas ubicadas fuera de Ecuador.

La identificación de víctimas, destinatarios y países dependerá de las versiones y de las pericias practicadas a los más de 200 dispositivos encontrados durante el operativo.

Las pruebas

Para formular cargos, la fiscal presentó el parte policial de aprehensión, su ampliación, un informe de inspección ocular, las versiones de los agentes y fotografías del procedimiento.

También incorporó un certificado de la Superintendencia de Compañías y 26 versiones de personas que trabajaban o habían trabajado en la empresa.

Según Fiscalía, esos testimonios permitieron conocer las funciones atribuidas a los procesados. Entre ellas constan gerencia, traducción, contratación de personal, contabilidad, liderazgo operativo y auditoría de cobros.

Uno de los abogados cuestionó las 26 declaraciones. Aseguró que los trabajadores entregaron sus versiones para evitar ser detenidos y afirmó que podrían no ratificarlas posteriormente.

Las defensas presentaron documentos de arraigo y solicitaron que se aplicaran medidas como la prohibición de salir del país y la presentación periódica ante una autoridad.

La defensora pública indicó que dos de sus representadas eran hermanas y ganaban un salario básico. También informó que dos procesadas tenían condiciones médicas y que una de ellas era madre de menores de edad.

Otro abogado pidió considerar el hacinamiento carcelario al momento de decidir las medidas cautelares. Por su parte, Fiscalía mantuvo su pedido de prisión preventiva para las diez personas.

Asociación ilícita y prisión preventiva

Aunque las autoridades denominaron al establecimiento como un presunto ‘call center’ de extorsión, Fiscalía no formuló cargos por extorsión.

Los diez ciudadanos fueron procesados por asociación ilícita, delito contemplado en el artículo 370 del Código Orgánico Integral Penal. Esa norma sanciona con prisión de tres a cinco años a quienes se asocien para cometer delitos castigados con menos de cinco años de privación de libertad.

La audiencia se realizó en la Unidad de Flagrancia del norte de Quito.

La audiencia se realizó en la Unidad de Flagrancia del norte de Quito

El juez declaró legales las detenciones, calificó la flagrancia y ordenó prisión preventiva para todos los procesados.

La causa se tramitará mediante procedimiento directo. La audiencia de juzgamiento fue convocada para el 14 de septiembre de 2026, a las 13:30.

La decisión adoptada corresponde a una medida cautelar y al inicio del proceso penal. La responsabilidad de los procesados deberá resolverse en el juicio.

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